FOGASA
Fondo de Garantía
Salarial
Según
se definen en la propia página de FOGASA, como “organismo
autónomo de carácter administrativo adscrito al ministerio de empleo y
seguridad social con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el
cumplimiento de los fines establecidos en el art. 33 del estatuto de los
trabajadores”.
Hoy
en día, lo conocemos sobre todo por tener atribuido el abono a los/las
trabajadores/as de los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que
trabajan no han podido satisfacer por encontrarse en situación legal
insolvencia o por haber sido declaradas en situación de concurso.
Entre
otras finalidades, también destaca el apoyo o protección a las empresas en
situación de crisis: dado que fomenta el mantenimiento del empleo y la
continuidad empresarial, mediante el abono de ciertas prestaciones sin
obligación de restitución ("a fondo perdido"), el pago de
prestaciones sin necesidad de declaración de insolvencia empresarial ("la
llamada insolvencia técnica"), y la posible suscripción convenios de
devolución aplazada o fraccionada de las cantidades abonadas por el Organismo.
Personas Beneficiarias
Aquellos/as trabajadores/as por cuenta ajena sean titulares de créditos por salarios e indemnizaciones en la forma legalmente establecida incluidos/as dentro de los siguientes apartados:- Trabajadores/as por cuenta ajena vinculados por relación laboral ordinaria.
- Deportistas profesionales vinculados/as a los mismos en virtud de relación laboral de carácter especial.
- Trabajadores/as cuya actividad sea la de intervención en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y la ventura de aquellas.
- Trabajadores/as vinculados/as por cualquiera de las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el artículo del Estatuto de los Trabajadores, distintas de las mencionadas en los anteriores.
Además podrás
encontrar toda la Normativa
Básica y Complementaria.
Tramitar toda la
documentación a través del Registro
Electrónico de FOGASA que permite la presentación de solicitudes todos los
días del año, durante las 24 horas del día, sin perjuicio de las interrupciones
necesarias por razones técnicas previsibles de las que se informará en el
propio registro, así como la consulta de
situación de expedientes, validación de firmas electrónicas, resolver dudas,
etc.
Realizar el Cálculo de prestaciones
Y Acceder a las Preguntas más frecuentes como:
·
¿Qué es FOGASA?
·
¿Qué
retribuciones e indemnizaciones garantiza FOGASA?
·
¿Qué Límites se
establecen?
·
¿Qué
Indemnizaciones quedan excluidas del ámbito de protección de Fogasa?
·
¿Quiénes son
los personas beneficiarias de FOGASA?
·
¿Cómo se
tramitan sus prestaciones?
·
¿Cuál es el
plazo de solicitud?
·
¿Dónde se
presentan las solicitudes?
·
¿Cómo se paga
la prestación?
·
¿Los créditos
salariales gozan de preferencias legales frente a otros créditos?
Como resumen, FOGASA edita
un TRÍPTICO
con la denominación “Acción
Protectora”, en el que se refleja de una manera clara y concisa, una primera información que
te servirá para empezar a dar los primero pasos, en la no grata situación
laboral que estás viviendo.